Decreto Número: 350-97
CONSIDERANDO: Que con motivo del 134 Aniversario de la Restauración de la República, el Gobierno Dominicano ha dispuesto el rescate y puesta en valor del Monumento a la Restauración de la República, ubicado en Capotillo, Provincia de Dajabón.
CONSIDERANDO: Que para mantener viva la llama del patriotismo que encierra la Batalla de Capotillo, el Monumento a la Restauración debe ser objeto de preservación y mantenimiento permanente.
CONSIDERANDO: Que el Monumento a la Restauración debe servir de punto de encuentro para juventudes y estudiantes, convirtiendo el lugar en un campamento patriótico.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
D E C R E T O:
Artículo 1.- Se crea el Patronato Encargado de la Preservación y Mantenimiento del Monumento a la Restauración de la República, ubicado en la Provincia de Dajabón. Dicho Patronato estará integrado por: El Gobernador Provincial de Dajabón, quién lo presidirá; el representante regional de la Secretaría de Estado de Educación y Cultura; El Comandante de la dotación militar de la Provincia de Dajabón; un destacado miembro de la comunidad religiosa local; los señores Lic. Ramón Socías y Angela Carrasco, destacados munícipes de Dajabón; Arq. Rafael Calventi, Ing. José A. Santana, Escultor Antonio Prats Ventós y Mayor General (r) Ramiro Matos González, diseñadores y constructores del Monumento; el Director de la Oficina de Patrimonio Cultural; un representante de la Asociación de Scouts Dominicanos, Inc; el Síndico Municipal de Loma de Cabrera; el Director de la Fundación de Desarrollo de la Comunidad (FUDECO) y un representante de los grupos juveniles organizados de la Provincia de Dajabón.
Artículo 2.- El Patronato, tendrá a su cargo las siguientes atribuciones:
a) Instalar de manera permanente un Campamento de Juventudes y Estudiantes, con la finalidad de elevar el valor patrio y espiritual de las futuras generaciones, inspirados en la obra restauradora de los Héroes de Capotillo.
b) Facilitar la realización de actividades culturales, científicas y recreativas.
c) Desarrollar labores de preservación y mantenimiento para el buen cuidado y resguardo de las instalaciones del Monumento a la Restauración de la República.
Artículo 3.- Los miembros integrantes del patronato realizarán sus funciones con carácter honorífico.
Artículo 4.- El Patronato Encargado de la Preservación y Mantenimiento del Monumento a la Restauración de la República, gozará de franquicia postal y telegráfica.
Dado en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los catorce (14) días del mes de agosto del año mil novecientos noventa y siete, año 154 de la Independencia y 134 de la Restauración.
Leonel Fernández